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La Organización Preventiva de un Instituto

La Organización Preventiva de un Instituto

1. ¿Qué es el organigrama preventivo de un Instituto?

2. ¿Por qué es necesario disponer del organigrama preventivo en un Instituto?

3. ¿Quién establece el organigrama preventivo de un Instituto?

4. ¿Cómo se determina la estructura preventiva de un Instituto?

5. Criterios para la selección del personal que asume tareas de manera activa en la estructura preventiva de un Instituto.

6. Diferentes figuras del organigrama preventivo de un Instituto.

7. Histórico de cambios.

SEGURIDAD Y SALUD: INSTRUCCIONES OPERATIVAS.

Instrucción Operativa IOP U - INST 01(a)

LA ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE UN INSTITUTO.

© Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la UPV.
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1. ¿QUÉ ES EL ORGANIGRAMA PREVENTIVO DE UN INSTITUTO?

El organigrama preventivo de un Instituto es el documento que refleja cómo está organizada la estructura de recursos humanos en materia de Seguridad y Salud en el mismo.

2. ¿POR QUÉ ES NECESARIO DISPONER DEL ORGANIGRAMA PREVENTIVO EN UN INSTITUTO?

En la UPV, una porción importante de riesgos laborales es generada durante la realización de actividades que se llevan a cabo en los Institutos.

Es por este motivo, y por el imperativo legal expuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que la UPV necesita disponer de estructuras organizativas a las que referirse en materia de prevención de riesgos laborales.

Además, la realización del organigrama preventivo facilita y agiliza la implantación de sistemas de gestión preventiva.

3. ¿QUIÉN ESTABLECE EL ORGANIGRAMA PREVENTIVO DE UN INSTITUTO?

La máxima autoridad en materia de Seguridad y Salud de un Instituto es el Director del mismo.

A él corresponde iniciar las acciones para sentar las bases de una organización preventiva en la entidad a su cargo.

De todas formas, a nivel interno de Instituto puede optarse por cualquier fórmula para establecer la estructura (lo importante es disponer de una estructura organizativa). La decisión de que alguien forme parte de la estructura preventiva de un Instituto puede efectuarse por adscripción voluntaria o no: téngase en cuenta que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales plantea la obligatoriedad por parte de todo el personal de colaborar en aquellas tareas preventivas (seguridad) que le sean encomendadas, en función del nivel de responsabilidad que caracterice a su puesto de trabajo.

4. ¿CÓMO SE DETERMINA LA ESTRUCTURA PREVENTIVA DE UN INSTITUTO?

A. Lo primero que debe conocerse en un Instituto es:

Ø Qué personal (sólo el de plantilla) está adscrito al mismo.

Ø Qué dependencias (laboratorios, talleres, almacenes...) pertenecen al Instituto, o están a su cargo.

B. Debe establecerse un responsable de Instituto en materia de Seguridad y Salud para gestión interna de seguridad e interlocución con el Servicio de Prevención de Riesgos laborales de la UPV. Para ello el Director del Instituto queda designado automáticamente como figura organizativa N1, el cual designará al responsable del Instituto en materia de Seguridad y Salud ( figura organizativa N2).

C. Para cada dependencia debe establecerse un responsable en materia de Seguridad y Salud (nota: una misma persona puede asumir la responsabilidad sobre varias dependencias).

D. En el caso de que se lleve a cabo tareas muy concretas, que requieran una formación muy específica (p.ej. formación como operador de instalación radiactiva, operador de aulas de ordenador, o como aplicador de plaguicidas), también se nombrará un responsable en materia de Seguridad y Salud para este tipo de actividades.

Conociendo estos datos, ya se puede disponer de una estructura preventiva válida a nivel de Instituto.

5. CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DEL PERSONAL QUE ASUME TAREAS DE MANERA ACTIVA EN LA ESTRUCTURA PREVENTIVA DE UN INSTITUTO:

A. Utilícese preferiblemente para tareas relacionadas con seguridad a personal que presente unos antecedentes de predisposición positiva y activa hacia estos temas.

B. Es recomendable que el personal que forme parte del organigrama preventivo se adscriba voluntariamente al mismo.

C. Es recomendable que el personal que asuma responsabilidad sobre dependencias o tareas específicas en materia de seguridad y salud sea la misma persona responsable de las tareas que se realicen en esas áreas. La experiencia nos enseña que de no ser así, es factible que se produzcan fricciones entre los criterios de quien determina qué tareas hay que hacer con los criterios de la persona responsable desde el punto de vista de seguridad, del área donde se lleven a cabo estas actividades.

D. No se considera como valido el nombrar como responsables de dependencias o tareas específicas a personal becario, o de marcado tránsito temporal por el Instituto. 

6. DIFERENTES FIGURAS DEL ORGANIGRAMA PREVENTIVO DE UN DEPARTAMENTO.

Las figuras van desde N1 hasta N5, tal que: 

N1 – Director del Instituto.

N2 – Interlocutor en materia de Seguridad y Salud del Instituto.

N3 – Responsable de lugar de trabajo específico, en materia de prevención.

N4 – Responsable de operación/ tarea específica, en materia de prevención.

N5 – Resto de personal, no encuadrado en los anteriores niveles.

Sus funciones están descritas en la Instrucciones Operativas correspondientes.

El modelo de organigrama preventivo se corresponde con el siguiente ejemplo:

7. HISTÓRICO DE CAMBIOS.

VERSION

FECHA

MOTIVO

IOP U - INST 01

13/SEPT/2002

Generación del Documento:
Raquel Garrido Font.
Roberto García Roig.

IOP U - INST 01(a)

13/OCT/2002

Modificado:
José Marzal

 

 

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