Una situación que requiere atención urgente (SRAU), es aquella que cumple al menos UNO (1) de los siguientes puntos:
Cualquier situaciónconsiderable como Riesgo grave e inminente: aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato (*) y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.
[* - Se refiere a que se materialice de manera inmediata el riesgo, y no necesariamente sus consecuencias.]
Que se aprecie de manera clara y directa una situación, tarea, o condición de trabajo que pueda originar:
Bajas laborales.
Lesiones muy graves.
Amputaciones.
Invalidez permanente.
Enfermedades graves.
Muerte.
Que se aprecie de manera directa, o a través de revisiones periódicas (mantenimiento): daños, deficiencias, o ausencia de funcionamiento total o parcial en:
Dispositivos de Emergencia | Dispositivos de Protección Colectiva | Equipos de Protección Individual |
Relacionados con:
* Manejo de agentes químicos extremadamente corrosivos.
* Manejo de agentes químicos clasificados como tóxicos / muy tóxicos.
* Manejo de plaguicidas.
* Manejo de agentes químicos clasificados como carcinógenos, teratógenos, mutágenos.
* Manejo de agentes biológicos.
* Tareas en atmósferas enrarecidas / no respirables.* Manejo de radioisótopos.
* Manejo de dispositivos generadores de radiaciones ionizantes.
* Manejo de dispositivos generadores de radiaciones no ionizantes.
* Manejo de dispositivos generadores ruido intenso.
* Manejo de dispositivos generadores de ultrasonidos.
* Tareas en ambientes térmicos extremos.
* Tareas donde se originen partículas con elevada velocidad.
* Tareas que impliquen manipulación de dispositivos rotativos / móviles a alta velocidad.
* Tareas donde se pueda producir caídas desde más de 2 m. de altura.
* Tareas donde pueda darse desprendimiento o aplastamiento por cargas u objetos pesados.
* Tareas donde pueda producirse contacto fortuito de extensas superficies del cuerpo con quemadores de llama sin confinar.
* Tareas donde pueda producirse contacto eléctrico de manera evidente.
[ En referencia a los Dispositivos de Protección Colectiva estos pueden ser considerados como: una instalación en si (p.ej. campanas de extracción), que formen parte de esta (p.ej. discos de ruptura en instalaciones donde exista posibilidad de sobrepresiones) o bien como elementos que formen parte de equipos cuya operación constituya un riesgo evidente (p.ej. resguardos en maquinaria que presenta partes móviles).]
Que se aprecie de manera directa, o a través de revisiones periódicas (mantenimiento): daños, deficiencias, o ausencia de funcionamiento total o parcial en instalaciones o elementos destinados a facilitar la detección, contención, señalización, evacuación, etc… ante cualquier situación de emergencia.
Que se aprecien daños evidentes en estructuras / edificaciones, de modo que no que no quede garantizada su integridad constructiva.
Que se aprecie una utilización fuera de lo previsible / incontrolada de: construcciones, edificaciones, instalaciones, equipos destinados y diseñados para un uso específico, para los que se aprecie la posibilidad de generación de un riesgo importante dadas las características de los mencionados elementos.