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Exposición a agentes biológicos. Nivel de contención biológica 1

Exposición a agentes biológicos.
Nivel de contención biológica 1.

1. Características de este nivel de contención

2. Técnicas de laboratorio

3. Reglamentación y normativa aplicable

4. Bibliografía

SEGURIDAD Y SALUD: INSTRUCCIONES OPERATIVAS.

Instrucción Operativa IOP AB 02

EXPOSICIÓN A AGENTES BIOLÓGICOS.
NIVEL DE CONTENCIÓN BIOLÓGICA 1.

© Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la UPV.
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1. CARACTERÍSTICAS DE ESTE NIVEL DE CONTENCIÓN

Este nivel no requiere dispositivo especial de contención alguno, debiendo seguirse, no obstante, las recomendaciones generales dadas en el epígrafe 5 de la IOP AB 01 para cualquier laboratorio. En cualquier caso, se tendrán cuenta las indicaciones que se citan a continuación.

2. TÉCNICAS DE LABORATORIO

  • No pipetear con la boca. Utilizar dispositivos adecuados.

  • Usar guantes siempre que se manipule sangre, material infeccioso o animales infectados.

  • Utilizar batas o uniformes de trabajo, para evitar la contaminación de la ropa de calle. No utilizar la ropa del laboratorio fuera de éste (cafetería, biblioteca...).

  • Siempre que exista riesgo de salpicaduras, usar la protección ocular adecuada. Consultar IOP SQ 15 (a).
  • Siempre que sea posible, recurrir al uso de material de plástico en vez de vidrio, a fin de reducir el riesgo de cortes.
  • Debe evitarse el uso de agujas hipodérmicas y de jeringas. Cuando sea preciso utilizarlas, se recogerán en recipientes que prevengan los pinchazos accidentales.

  • Las superficies de trabajo se descontaminarán, por lo menos, una vez al día y siempre que se produzca un derrame.
  • Todo el personal se lavará las manos después de haber manipulado material o animales infecciosos, así como al abandonar el laboratorio.

  • El acceso al laboratorio debe estar controlado por su responsable.
  • Se pondrá en práctica un programa de lucha contra insectos y roedores.

3. REGLAMENTACIÓN Y NORMATIVA APLICABLE

Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

http://www.mtas.es/insht/legislation/biologic.htm

Orden de 25 de marzo de 1998, por la que se adapta en función del progreso técnico, el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

http://www.mtas.es/insht/legislation/OMbiolo.htm

Directiva 2000/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000 (DOCE de 17 de octubre de 2000), sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Séptima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391CEE.

http://www.cde.ua.es/dsi/elpdf/l_26220001017es00210045.pdf

4. BIBLIOGRAFÍA

Hernández A. y Martí M. C. Evaluación y control de agentes biológicos en ambientes laborales. INSHT.

Martí M. C. y otros. Prevención de riesgos biológicos en el laboratorio. INSHT. 1997.

  


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