ACTIVIDADES EN ENTIDADES EXTERNAS: INFORMACIÓN PREVENTIVA PARA LOS TRABAJADORES UPV
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Caída de personas a distinto nivel
Caídas de personas al mismo nivel
Caída de objetos por desplome o derrumbamiento
Caída de objetos en manipulación
Choques o golpes sobre objetos inmóviles
Choques o golpes contra objetos móviles
Golpes o cortes por objetos o herramientas
Proyección de fragmentos, partículas o salpicaduras
Atrapamiento o aplastamiento por o entre objetos
Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículos
Atropellos o golpes con vehículos
Exposición a sustancias químicas peligrosas
Exposición a radiaciones ionizantes
Exposición a radiaciones no ionizantes
Exposición a campos magnéticos
Radiación UV, infrarroja, luz visible
Radiofrecuencias – Microondas (RF-MO)
Exposición a temperaturas ambientales extremas
Daños causados por seres vivos
Riesgo de exposición a agentes biológicos
Factores de riesgo psicosocial
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
No se deberán realizar trabajos en zonas con riesgo de caída de altura donde no exista protección colectiva (barandillas, redes de seguridad, etc.) y/o se hayan adoptado medidas de protección individual (uso de arnés de seguridad anclado a un elemento fijo de la estructura o línea de vida cuya resistencia esté garantizada). Solicitar información al respecto, al titular del centro de trabajo. Cuando debido a alguna actividad a realizar se deba retirar temporalmente la protección colectiva existente, se deberán adoptar medidas de protección individual y delimitar mediante vallado, cinta de señalización, etc. para evitar el acceso de otros trabajadores a la zona de riesgo. Cuando sea necesario según establece el R.D. 604/2006, se deberá requerir la presencia de recurso preventivo. Respetar la señalización de advertencia del
riesgo de caída existente en el centro de trabajo. |
Cuando debido a la actividad se deban retirar temporalmente los medios de protección colectiva existentes (barandillas, redes, etc.) y utilizar equipos de protección individual, se deberá delimitar y señalizar la zona para evitar el acceso de trabajadores de otras empresas a la zona de riesgo.
No deben situarse en la zona trabajadores de otras empresas sino están autorizados y se adoptan todas las medidas de protección necesarias. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
No dejar materiales abandonados en pasillos o zonas de paso. Mantener libres de obstáculos las zonas de paso. Se eliminarán con rapidez los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y demás productos residuales que puedan originar accidentes por caída o resbalón. Utilizar calzado con suela antideslizante. Extremar las precauciones al desplazarse por las instalaciones. |
Respetar la señalización existente e indicaciones del titular del centro de trabajo referente a las zonas de ubicación y almacenamiento de materiales. Cuando debido a la actividad se genere un riesgo de caída al mismo nivel se deberá delimitar y señalizar la zona para evitar el acceso de trabajadores de otras empresas a la zona de riesgo. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Caída de objetos por desplome o derrumbamientoCaída de estanterías, materiales apilados, andamios, forjados, muros, etc. |
4 | 2 | 8 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Utilizar únicamente equipos de trabajo (escaleras, andamios, etc.) estables y certificados, que cumplan el Real Decreto 2177/2004, sobre equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura. Apilamiento seguro de los materiales. No sobrecargar las estanterías. |
Solicitar al titular del centro de trabajo la información sobre la carga máxima de las estanterías, resistencia de muros, forjados, etc. Respetar la señalización existente e indicaciones del titular del centro de trabajo. Señalizar la zona de forma que se limite la circulación de vehículos en las proximidades de los andamios, plataformas, etc.:
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Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Caída de objetos en manipulaciónHerramientas o materiales en manipulación.
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4 | 2 | 8 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Ningún trabajador deberá permanecer bajo cargas suspendidas o en el radio de acción de grúas. No debe haber varios operarios trabajando simultáneamente en distintos niveles. Los trabajadores deberán llevar cinturón porta-herramientas para evitar la caída de herramientas a niveles inferiores. No se deberán anular las protecciones pertinentes. Revisión de los elementos de elevación. Uso de casco de protección. |
Evitar la presencia de trabajadores de otras empresas en el radio de acción de grúas y bajo cargas suspendidas. Coordinar con el titular del centro de trabajo la delimitación de zonas de paso. Solicitar autorización a la empresa titular para acceder en condiciones seguras a las distintas zonas de las instalaciones donde sea necesario para la realización de la actividad. Respetar la señalización existente e indicaciones de la empresa titular. Durante las maniobras de movimiento de materiales, las zonas de tránsito y acceso afectadas por el riesgo de caída de materiales se delimitarán o protegerán adecuadamente (colocación de barreras o vallado y señalización de tipo apropiado). Señalizar la zona de forma que se limite la circulación de peatones en las proximidades de los andamios, plataformas, etc. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Caída de objetos desprendidosCaída de objetos diversos desprendidos de su ubicación por causas diversas. |
4 | 2 | 8 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Evitar la presencia de trabajadores en las proximidades de la zona de riesgo. Almacenamiento correcto. Cargas bien sujetas y realizar un buen apilado del material. Uso de casco de protección. |
Respetar la señalización existente y las indicaciones del titular del centro de trabajo. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Pisadas sobre objetosElementos punzantes, cortantes.
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2 | 2 | 4 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Retirar cualquier objeto punzante o cortante que pueda estar presente en las áreas de trabajo. Uso de calzado de seguridad con plantilla antiperforante. |
Respetar la señalización e indicaciones de la empresa titular. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Choques o golpes sobre objetos inmóvilesCon materiales o equipos de trabajo situados en zonas de paso o próximas a éstas. |
2 | 2 | 4 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Mantener libre de obstáculos las zonas de paso. Durante los trabajos o desplazamientos con vehículos mantener una distancia prudencial respecto de elementos fijos (muros, estanterías, vallado, etc.). No circular fuera de las zonas establecidas para vehículos. Cuando las condiciones de visibilidad sean insuficientes, o concurran en un espacio limitado con riesgo de choques o golpes con elementos de la estructura, mobiliario (estanterías, etc.), la conducción deberá ser guiada a través de un encargado de señales. |
Respetar las zonas de ubicación de equipos de trabajo y almacenamiento de materiales, indicadas por el titular del centro de trabajo. Cuando se deba invadir temporalmente zonas de paso debido a la realización de trabajos o apilamiento provisional de materiales, se deberá delimitar y señalizar la zona para evitar que trabajadores de otras empresas puedan acceder a zonas de riesgo. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
En trabajos de manutención de materiales cuando el espacio libre entre los elementos móviles del equipo y la zona de trabajo ocupada por trabajadores sea inferior a 2 metros, deberá asignarse la presencia de un trabajador encargado de las señales. Mantener una distancia prudencial respecto de los equipos de trabajo en los que no se deban realizar trabajos. No permanecer en el ángulo de acción de elementos móviles de equipos de trabajo y evitar contactos con los mismos. Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo (incluidos prototipos) certificados conforme a la normativa y herramientas en buen estado. Los equipos de trabajo deberán satisfacer los requisitos indicados en el Anexo I. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. La utilización de los mismos se realizará conforme establece el Anexo II. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. Establecer un programa de revisiones, inspecciones y auditorías de equipos de trabajo. Mantener un control y registro de las realizadas. No retirar las protecciones de los equipos de trabajo. Cuando sea imprescindible retirar las protecciones para la realización de alguna actividad (operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo), se deberán tomar medidas adicionales de protección y delimitar y señalizar la zona. Consultar las IOP relativas a los equipos de trabajo disponibles en la http://www.sprl.upv.es/D7_9_b.htm. Solicitar el manual de instrucciones de los equipos de trabajo a utilizar. Seguir las indicaciones del fabricante establecidas en el manual de instrucciones, incluidas las operaciones de mantenimiento. Se deberá realizar la consignación y bloqueo de las máquinas durante las intervenciones de mantenimiento. Como mínimo se respetará:
Bloquear los dispositivos de accionamiento y señalizar el tipo de trabajo a realizar, la duración estimable del mismo y quién debe supervisarlo |
Asegurarse de que se han colocado resguardos, pantallas o dispositivos de protección adicionales ante la presencia de riesgo de golpe contra objetos móviles antes de acceder a zonas próximas a equipos de trabajo en las instalaciones del titular del centro de trabajo. Respetar la señalización existente e indicaciones de la empresa titular No permanecer en lugares distintos de los que sea necesario para realizar la actividad. Cuando debido a la actividad a realizar sobre los equipos de trabajo (operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo) se deban retirar temporalmente los medios de protección colectiva (sistemas de enclavamiento, células fotoeléctricas, etc.) y no sea posible la parada o desconexión del equipo de trabajo se deberán tomar medidas adicionales de protección y delimitar y señalizar la zona, no debiendo situarse en la misma, trabajadores de otras empresas sin la adopción de las medidas de protección necesarias. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Golpes o cortes por objetos o herramientasContacto con objetos punzantes, cortantes o abrasivos. |
2 | 2 | 4 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Evitar la existencia de puntas o superficies cortantes o elementos incisivos. Proteger o señalizar las superficies cortantes que no se puedan eliminar. Utilizar las herramientas adecuadas a cada trabajo y en buenas condiciones. Colocar las herramientas y útiles de trabajo en un lugar seguro cuando no se utilicen. No retirar las protecciones de los equipos de trabajo. Cuando sea imprescindible retirar las protecciones para la realización de alguna actividad (operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo), se deberán tomar medidas adicionales de protección y delimitar y señalizar la zona. Mantener una distancia prudencial respecto de los equipos de trabajo en los que no se deban realizar trabajos. Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo (incluidos prototipos) certificados conforme a la normativa, y herramientas en buen estado. Los equipos de trabajo deberán satisfacer los requisitos indicados en el Anexo I. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. La utilización de los mismos se realizará conforme establece el Anexo II. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. Establecer un programa de revisiones, inspecciones y auditorías de equipos de trabajo. Mantener un control y registro de las realizadas. Consultar las IOP relativas a los equipos de trabajo disponibles en la http://www.sprl.upv.es/D7_9_b.htm. Solicitar el manual de instrucciones de los equipos de trabajo a utilizar. Seguir las indicaciones del fabricante establecidas en el manual de instrucciones, incluidas las operaciones de mantenimiento. Se deberá realizar la consignación y bloqueo de las máquinas durante las intervenciones de mantenimiento. Como mínimo se respetará:
Bloquear los dispositivos de accionamiento y señalizar el tipo de trabajo a realizar, la duración estimable del mismo y quién debe supervisarlo. MANIPULACIÓN DE MATERIAL DE VIDRIO: Manipular el material de vidrio con máxima precaución: Evitar forzar las piezas al querer unirlas, para ello, se utilizarán tubos de goma y tapones perforados. Desechar las piezas de vidrio al mínimo defecto que presenten. Desechar el material que haya sufrido un golpe de cierta consistencia, aunque no se observen grietas o fracturas. Depositar el material de vidrio roto o defectuoso en recipientes rígidos. No calentar directamente el vidrio en la llama, interponer un material difusor (Ej. rejilla metálica), ni tapar la boca de los recipientes mientras se calientan. Utilizar grasa de silicona para evitar que las piezas de unión queden atascadas. Para desatascarlas deben utilizarse siempre guantes adecuados (protección para cortes y punción) y pantalla facial, o bajo campana con pantalla protectora. Introducir de forma progresiva y lentamente los balones de vidrio en los baños calientes. Utilizar aire comprimido a presiones bajas (0,1 bar) para secar los balones. Si el recipiente a manipular contiene líquido, abrir sobre un contenedor de material compatible. Con líquidos de punto de ebullición inferior a la temperatura ambiente, enfriar el recipiente antes de realizar la operación. Mantener limpio y ordenado el puesto de trabajo. PIPETAS: Utilizar bombas de aspiración manual de caucho o cremallera que se adapten a las pipetas a utilizar. |
Asegurarse de que se han colocado resguardos, pantallas o dispositivos de protección adicionales antes de acceder al lugar de trabajo. Cuando debido a la actividad a realizar sobre los equipos de trabajo (operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo) se deban retirar temporalmente los medios de protección colectiva (sistemas de enclavamiento, células fotoeléctricas, etc.) y no sea posible la parada o desconexión del equipo de trabajo se deberán tomar medidas adicionales de protección y delimitar y señalizar la zona, no debiendo situarse en la misma, trabajadores de otras empresas sin la adopción de las medidas de protección necesarias. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Instalar pantallas de separación para evitar la dispersión de proyecciones. Delimitar y señalizar la zona donde se puedan producir proyecciones. Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo (incluidos prototipos) certificados conforme a la normativa, y herramientas en buen estado. Los equipos de trabajo deberán satisfacer los requisitos indicados en el Anexo I. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. La utilización de los mismos se realizará conforme establece el Anexo II. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. Establecer un programa de revisiones, inspecciones y auditorías de equipos de trabajo. Mantener un control y registro de las realizadas. Utilizar equipos de protección individual (gafas, pantalla de protección, etc.). Consultar las IOP relativas a los equipos de trabajo disponibles en la http://www.sprl.upv.es/D7_9_b.htm. Solicitar el manual de instrucciones de los equipos de trabajo a utilizar. Seguir las indicaciones del fabricante establecidas en el manual de instrucciones, incluidas las operaciones de mantenimiento. Se deberá realizar la consignación y bloqueo de las máquinas durante las intervenciones de mantenimiento. Como mínimo se respetará:
Bloquear los dispositivos de accionamiento y señalizar el tipo de trabajo a realizar, la duración estimable del mismo y quién debe supervisarlo EN TRABAJOS CON BAÑOS CALIENTES Y OTROS DISPOSITIVOS DE CALEFACCIÓN (por rotura de recipientes de vidrio):
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Asegurarse de que se han colocado resguardos, pantallas o dispositivos de protección adicionales ante la presencia de riesgo de proyección, antes de acceder a zonas próximas. Respetar la señalización del lugar de trabajo. Ubicar los puestos de trabajo con riesgo de proyecciones en lugares donde no interfieran con otros puestos. Cuando sea imprescindible ubicar estos puestos en zonas que interfieran con la actividad y/o zonas de paso de trabajadores de otras empresas, se deberán colocar pantallas de protección. Cuando debido a la actividad a realizar sobre los equipos de trabajo (operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo) se deban retirar temporalmente los medios de protección colectiva y no sea posible la parada o desconexión del equipo de trabajo se deberán tomar medidas adicionales de protección y delimitar y señalizar la zona, no debiendo situarse en la misma, trabajadores de otras empresas sin la adopción de las medidas de protección necesarias. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Atrapamiento o aplastamiento por o entre objetosContra las partes de un equipo de trabajo o entre objetos, piezas o materiales.
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4 | 2 | 8 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Todos los elementos de un equipo de trabajo que sean susceptibles de producir un riesgo de atrapamiento deberán estar protegidos. Guardar una distancia de seguridad respecto a los mecanismos móviles que no puedan protegerse totalmente. Evitar ropas anchas, prendas sueltas, que puedan quedar atrapadas. Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo certificados conforme a la normativa y herramientas en buen estado. Los equipos de trabajo deberán satisfacer los requisitos indicados en el Anexo I. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. La utilización de los mismos se realizará conforme establece el Anexo II. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. Solicitar el manual de instrucciones de los equipos de trabajo a utilizar. Seguir las indicaciones del fabricante establecidas en el manual de instrucciones, incluidas las operaciones de mantenimiento. Se deberá realizar la consignación y bloqueo de las máquinas durante las intervenciones de mantenimiento. Como mínimo se respetará:
Bloquear los dispositivos de accionamiento y señalizar el tipo de trabajo a realizar, la duración estimable del mismo y quién debe supervisarlo. Establecer un programa de revisiones, inspecciones y auditorías de equipos de trabajo. Mantener un control y registro de las realizadas. Respetar la señalización existente en los equipos de trabajo. Prohibido situarse por debajo o en el radio de acción de cargas suspendidas. Consultar las IOP relativas a los equipos de trabajo disponibles en la http://www.sprl.upv.es/D7_9_b.htm. |
Asegurarse de que se han tomado las medidas de protección adecuadas antes de acceder a zonas con riesgo de atrapamiento o aplastamiento. No deberán situarse trabajadores de otras empresas en las zonas próximas a la actividad realizada. Cuando debido a la actividad a realizar sobre los equipos de trabajo (operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo) se deban retirar temporalmente los medios de protección colectiva (sistemas de enclavamiento, células fotoeléctricas, etc.) y no sea posible la parada o desconexión del equipo de trabajo se deberán tomar medidas adicionales de protección y delimitar y señalizar la zona, no debiendo situarse en la misma, trabajadores de otras empresas sin la adopción de las medidas de protección necesarias. Solicitar autorización a la empresa titular para acceder en condiciones seguras a las distintas zonas de las instalaciones donde sea necesario para la realización de la actividad. Respetar la señalización existente y las indicaciones de la empresa titular. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículosPor pérdida de estabilidad de máquinas o vehículos debido a condiciones inseguras. |
4 | 2 | 8 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Seguir las instrucciones del fabricante respecto al montaje, mantenimiento, desmontaje, etc. de los equipos de trabajo. Utilizar únicamente equipos de trabajo (plataformas, andamios, etc.) estables y certificados, que cumplan el Real Decreto 2177/2004, sobre equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura. Estacionar el vehículo en zonas estables y autorizadas. |
Respetar la señalización existente y las indicaciones del titular del centro de trabajo. No invadir la zona destinada a la circulación de vehículos. Circular únicamente por zonas autorizadas. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Atropellos o golpes con vehículosDebido a la circulación de vehículos. |
4 | 1 | 4 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Durante los trabajos con vehículos respetar el código y las señales de circulación. Respetar los sentidos de circulación. Circular con prudencia. No circular fuera de las zonas establecidas para vehículos. Uso de prendas de señalización de alta visibilidad (chalecos reflectantes, etc.) acordes al R.D. 1407/92 y Reglamento de Circulación de 23/01/2004..Colocar los mismos antes de salir del vehículo. Cuando las condiciones de visibilidad sean insuficientes, o concurran en un espacio limitado con trabajadores a pie, la conducción deberá ser guiada a través de un encargado de señales. Evitar, cuando sea posible, la marcha atrás de vehículos. Cuando sea preciso, se adoptarán medidas para reducir el riesgo a los peatones:
Cuando se deban realizar tareas en lugares destinados a la circulación de vehículos o en sus proximidades, observar las siguientes recomendaciones:
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Solicitar al titular del centro de trabajo la disposición de pasos para los peatones en las zonas de confluencia con los vehículos, mediante vallado, señalización, etc. y respetar éstas. Limitar el paso de peatones durante la realización de maniobras. Aparque el vehículo únicamente en zonas autorizadas por el titular del centro de trabajo. Como peatón no invadir la zona destinada a la circulación de vehículos. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Limitar la cantidad de sustancias combustibles, inflamables o comburentes, en los lugares de trabajo. Estos productos se almacenarán en locales y recipientes adecuados. Sellar y precintar los envases que contengan líquidos inflamables o tóxicos volátiles. Retirar material combustible, inflamable, comburente cuando se deban realizar trabajos que puedan generar un foco de ignición. No manipular los envases con productos químicos sino ha sido autorizado para ello. Respetar las características de peligrosidad de los productos y sus incompatibilidades. Realizar un almacenamiento y manipulación
segura de los productos químicos inflamables, teniendo en cuenta
las IOP del SPRL relativas al riesgo químico accesibles en: ACTIVIDADES CON LLAMA ABIERTA:
ESTUFAS:
REFRIGERANTES:
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Se deberá solicitar un Permiso de trabajo al titular del centro para la adopción de las medidas preventivas oportunas, cuando sea necesaria la realización de tareas que impliquen un posible foco de ignición (superficies calientes; llamas, gases y partículas calientes, chispas de origen mecánico; material eléctrico; corrientes eléctricas parásitas; electricidad estáticas; ondas electromagnéticas; radiaciones ionizantes; ultrasonidos; reacciones exotérmicas; etc.), manipulación de productos inflamables, combustibles o comburentes, etc. Solicitar el titular del centro de trabajo la ubicación del almacenamiento de sustancias o productos combustibles, inflamables, comburentes, etc. Comunicar al resto de empresas que comparten el edificio, el almacenamiento de productos químicos y/o la realización de tareas que puedan generar un riesgo grave. Respetar la prohibición de fumar o la presencia de focos de ignición en los lugares indicados por el titular del centro de trabajo. En caso de caídas, roturas o cualquier otro tipo de incidente, informar al titular del edificio. Seguir las indicaciones del titular del centro en situaciones de emergencia. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Respetar las características de peligrosidad de los productos y
sus incompatibilidades. Verificar los lugares de trabajo en que existan áreas en que puedan formarse atmósferas explosivas. Cuando los resultados de las mediciones lo hagan necesario y/o las condiciones de trabajo puedan producir una atmósfera explosiva, se deberá establecer las medidas indicadas a continuación, en colaboración con el empresario titular del centro de trabajo:
En trabajos de soldadura consultar http://www.sprl.upv.es/D7_7_1_b.htm AUTOCLAVES O REACTORES No superar nunca las presiones de trabajo del autoclave (deberá disponer de manómetros y/o dispositivos de alivio de la presión) La descarga de sobrepresiones debe hacerse dentro de la vitrina de gases o convenientemente canalizadas hacia el exterior del laboratorio. No rellenar completamente los reactores de fluidos de reacción. Prohibir que personal no autorizado y capacitado convenientemente realice ensayos o experimentos con los reactores en solitario. REFRIGERANTES:
ESTUFAS: EN TRABAJOS CON LLAMA ABIERTA:
BAÑOS FRÍOS:
ESPECTROFOTÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA (posible formación de hidrógeno cuando se utiliza el sistema de generación de hidruros, fuga de acetileno):
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Solicitar al titular del centro de trabajo información sobre los lugares de trabajo con riesgo de producir atmósferas explosivas. Prohibición de fumar. Cuando sea necesario se deberá solicitar un Permiso de trabajo al titular del centro de trabajo, para la adopción de las medidas preventivas oportunas. Entre otras, es aplicable la medida indicada en el párrafo anterior, en las situaciones siguientes: realización de tareas que impliquen riesgo de ignición (superficies calientes; llamas, gases y partículas calientes, chispas de origen mecánico; material eléctrico; corrientes eléctricas parásitas; electricidad estáticas; ondas electromagnéticas; radiaciones ionizantes; ultrasonidos; reacciones exotérmicas; etc.), manipulación de productos de inflamables, combustibles o comburentes, etc. AUTOCLAVES: |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Contactos eléctricosContacto directo con partes activas en tensión o con masas puestas accidentalmente en tensión. |
4 | 2 | 8 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo certificados conforme a la normativa y en buen estado de aislamiento del cableado y de las conexiones de red. No utilizar nunca equipos con cables pelados, empalmes provisionales o espigas defectuosas. Establecer un programa de revisiones, inspecciones y auditorías de equipos de trabajo. Mantener un control y registro de las realizadas. TRABAJOS CON RIESGO ELÉCTRICO EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS O EN SUS PROXIMIDADES (Se deberán seguir las indicaciones establecidas en el R.D. 614/2001 sobre trabajos con riesgo eléctrico). Todo trabajo en una instalación eléctrica, o en su proximidad, que conlleve un riesgo eléctrico, deberá efectuarse sin tensión, para ello, se observarán necesariamente las siguientes medidas preventivas: 1º) Desconexión de las fuentes de
alimentación. Vestir ropa de trabajo adecuada (sin cremalleras u otros elementos conductores), no portar pulseras, cadenas u otros elementos conductores. El método de trabajo empleado y los equipos y materiales de trabajo y de protección utilizados deberán proteger al trabajador frente al riesgo de contacto eléctrico, arco eléctrico, explosión o proyección de materiales:
Consultar las IOP relacionadas con los riesgos de origen eléctrico disponibles en http://www.sprl.upv.es/D7_4_b.htm |
No manipular la instalación eléctrica sin la autorización del titular del centro de trabajo. El acceso a recintos independientes destinados al servicio eléctrico (subestaciones, centros de transformación, salas de control, etc…) y la apertura de celdas, armarios o demás envolventes de material eléctrico, estará restringido a los trabajadores autorizados por el titular del centro de trabajo, y cualificados en instalaciones eléctricas. Cuando se realicen trabajos en proximidad de elementos en tensión, se delimitará la zona de trabajo. Evitar la presencia de otros trabajadores en la zona de trabajo y/o en su proximidad. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Aislar térmicamente las partes susceptibles de producir quemaduras por contacto, delimitar o señalizar estas partes, de no ser posible su aislamiento térmico. Utilizar ropa de trabajo de características térmicas u otras características adecuadas, que cubran la parte del cuerpo. USO DE BAÑOS CALIENTES Y OTROS DISPOSITIVOS DE CALEFACCIÓN:
USO DE BAÑOS FRÍOS:
CROMATÓGRAFO DE GASES (quemaduras térmicas por contacto con el detector, la columna del inyector)
CROMATÓGRAFO DE LÍQUIDOS DE ALTA RESOLUCIÓN (contactos térmicos en la preparación del efluyente)
ESPECTROFOTÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA: (Con la llama, el horno de grafito u otras zonas calientes):
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Cuando no sea posible el aislamiento térmico, se deberá delimitar y señalizar las partes susceptibles de producir quemaduras. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Consultar y conocer las indicaciones preventivas de las etiquetas y de las fichas de seguridad de los productos, antes de trabajar con ellos. Respetar las características de peligrosidad de los productos y sus incompatibilidades. No aproximar productos tóxicos junto a productos comburentes y ambos no deben situarse junto a inflamables, peróxidos, gases comprimidos, licuados o disueltos y productos que desprenden gases inflamables en contacto con el agua. Todos los productos químicos tóxicos y peligrosos deben manipularse en las zonas habilitadas para ello (vitrinas de gases, cabinas de flujo laminar, etc.), las cuales deben disponer de un sistema de extracción y ventilación adecuado. Respetar las indicaciones establecidas por el fabricante en el manual de instrucciones sobre productos químicos, instrucciones de operación, limitaciones de uso, etc. Solicitar el manual de instrucciones al titular del centro y/o equipo de trabajo. Utilizar los equipos de protección individual complementarios que sean necesarios cuando pueda existir contacto con los productos químicos peligrosos, según las indicaciones de las fichas de seguridad (guantes, gafas o caretas, protección respiratoria, bata, etc. según proceda). Mantenimiento y reposición de los EPI’s según las instrucciones del folleto informativo del fabricante. Almacenar los productos químicos con los tapones bien cerrados o sellados. Etiquetar todos los envases según las recomendaciones de la ficha de seguridad. Prohibido comer, beber y fumar en los lugares de trabajo donde se manipulan y/o almacenan productos químicos. Respetar las medidas básicas de higiene personal: lavarse las manos y la cara antes de cada pausa para comer, fumar, ir al servicio o salir del trabajo, cuando se hayan manipulado productos químicos. No manipular los envases con productos químicos sino ha sido autorizado para ello. Para ampliar la
información consultar las IOP sobre riesgo químico accesibles
en: http://www.sprl.upv.es/IOP_RF_12.htm Información/Formación de los trabajadores. Vigilancia de la salud. BOTELLAS DE GASES: Transportarlas siempre de pie, utilizando los carros portabotellas o dando pequeños giros de la base en caso de pequeños desplazamientos. Utilizarlas siempre sin quitar en ningún caso la tulipa protectora del grifo, no golpearla, ni exponerla a focos de calor. En el recinto de utilización sólo estará almacenada la botella en uso y la de repuesto. El grifo de la botella
se abrirá lentamente en dirección opuesta al usuario,
devolviéndose al proveedor las que no se abran con facilidad. No
forzar la apertura del grifo con objetos o herramientas. PIPETAS:
ESPECTROFOTÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA [Quemaduras químicas en la manipulación de ácidos empleados en el tratamiento previo de la muestra (digestión); desprendimiento de vapores, irritantes y corrosivos; fugas de gases (acetileno y otros)]:
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Respetar las indicaciones de los procedimientos de trabajo, que existan elaborados en la entidad, para la manipulación de productos químicos. Realizar el almacenamiento de las sustancias y productos químicos en armarios/lugares habilitados por el titular del centro de trabajo. Comunicar al resto de empresas que comparten el edificio, el almacenamiento de productos químicos y/o la realización de tareas que puedan generar un riesgo grave. Determinación de las cantidades de contaminantes químicos presentes en el ambiente de trabajo. Cuando sea imprescindible la presencia de personal ajeno y no se puedan adoptar medidas de protección colectiva, o como complemento a las mismas, deberán utilizar EPI’s: guantes, gafas o caretas, protección respiratoria, bata, etc. según proceda. En caso necesario, solicitar al titular del centro de trabajo, un lugar para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y de la ropa de trabajo, separado del resto de la ropa. BOTELLAS DE GASES: Comprobar que se revisa y mantiene periódicamente el estado del cuadro de regulación de la presión, conexiones, racores, juntas, verificación de estanqueidad, etc. (Solicitar dicha información al titular del centro de trabajo). |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Respetar la delimitación de zonas controladas o vigiladas. Solo se permitirá el acceso a personal autorizado. Disponer por escrito de una normativa de seguridad que minimice los riesgos. Antes de iniciar su actividad el conjunto del personal afectado deberá recibir información de:
Esta normativa deberá incluir la secuencia de las operaciones a desarrollar para realizar un determinado trabajo, con inclusión de los medios materiales (de trabajo o de protección) y humanos (cualificación o formación del personal) necesarios para llevarlo a cabo. Se deberán adoptar las siguientes medidas básicas de protección radiológica: - Irradiación externa:
Contaminación radiactiva: Redactar un plan de trabajo. El personal que trabaja con fuentes radiactivas no encapsuladas debe conocer de antemano el plan de trabajo, los procedimientos y las personas que van ha efectuar las distintas operaciones. El plan de trabajo debe contener información sobre:
Adopción de métodos de trabajo seguros y, cuando sea necesario, empleo de equipos de protección individual adecuados. Seguir las indicaciones del Manual del operador de los equipos de trabajo con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes. Comprobar que el examen y control de los dispositivos y técnicas de protección, así como de los instrumentos de medición, se efectúan de acuerdo con los procedimientos establecidos. Observar escrupulosamente los límites anuales de dosis. Debe existir un sistema de gestión de residuos radioactivos. Prohibido fumar. Evitar la ingestión de alimentos o bebidas en el laboratorio. Información/Formación de los trabajadores. Vigilancia de la salud. |
Delimitar y señalizar la zona. Informar de los riesgos y medidas preventivas a las empresas presentes en el lugar de trabajo. Respetar la señalización e indicaciones del titular del centro de trabajo. Adoptar las precauciones para evitar la presencia de personal ajeno a los trabajos desarrollados. Solo se permitirá el acceso a personal autorizado. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Exposición a radiaciones no ionizantesExposición a campos magnéticos
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2 | 2 | 4 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Prohibida la entrada con elementos paramagnéticos (magnetizantes, por ejemplo el aluminio) y ferromagnéticos (metálicos, por ejemplo hierro o cobalto). Prohibida la entrada a personas con marcapasos, otros dispositivos con activación eléctrica o implantes ferromagnéticos. Existe un riesgo, de magnitud variable y no conocida, para las personas portadoras de marcapasos cardíacos y también otros dispositivos de funcionamiento electrónico y electromecánico y de prótesis insertas. Prohibida la entrada a mujeres durante el período de embarazo (aunque no está confirmado el efecto de las radiaciones electromagnéticas en el feto). No aproximarse llevando elementos o equipos electrónicos tales como tarjetas de crédito, teléfonos móviles, etc. o elementos metálicos (llaves, etc.). Se deberán dejar en el exterior. |
Delimitar y señalizar la zona. Informar de los riesgos y medidas preventivas a las empresas presentes en el lugar de trabajo. Prohibir el paso a trabajadores de otras empresas, especialmente a: a personas con marcapasos, otros dispositivos con activación eléctrica o implantes ferromagnéticos, mujeres durante el período de embarazo. Cuando sea necesaria la presencia de trabajadores de otras empresas , éstos deberán observar las siguientes indicaciones:
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Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Exposición a radiaciones no ionizantesRadiación láser
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Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo de fuente de rayo láser certificados conforme a la normativa y en buen estado. Los equipos de trabajo deberán satisfacer los requisitos indicados en el Anexo I. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. La utilización de los mismos se realizará conforme establece el Anexo II. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. Solicitar el manual de instrucciones de los equipos de trabajo a utilizar. Seguir las indicaciones del fabricante establecidas en el manual de instrucciones, incluidas las operaciones de mantenimiento Cuando sea imprescindible realizar el trabajo durante el funcionamiento de la fuente de rayo láser, los trabajadores deberán seguir las siguientes recomendaciones:
Evitar la presencia de productos o material combustible, explosivos, líquidos o gases inflamables o sustancias que ante elevadas temperaturas generen productos tóxicos, especialmente en los lugares con equipos de clase IV. No colocar materiales brillantes reflectantes del rayo, (especialmente en clase IV). Señalización adecuada de los equipos según la clase. Para ampliar la información puede consultarse http://www.sprl.upv.es/msradiofrecuendias3.htm |
Respetar la señalización existente y las indicaciones del titular del centro de trabajo. Delimitar y señalizar la zona de trabajo. Cuando sea necesario, utilizar cortinas o mamparas de separación de material no combustible. Informar al resto de empresas la necesidad de:
Cuando sea imprescindible la presencia de trabajadores de otras empresas durante el funcionamiento de la fuente de rayo láser, estos deberán adoptar las siguientes medidas de protección:
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Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
No exponer los ojos y la piel a la luz UV. No mirar directamente a la llama ni a las fuentes de emisión (lámparas). Cuando se deba trabajar en un local con exposición a luz ultravioleta deberá protegerse adecuadamente los ojos y la piel (protección ocular para radiación UV, categoría CE II y normas EN 166 y EN 170 con protección lateral; pantallas faciales; guantes de nitrilo o dos pares de guantes de látex; y ropa que cubra la piel en su totalidad). Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo certificados conforme a la normativa y en buen estado. Los equipos de trabajo deberán satisfacer los requisitos indicados en el Anexo I. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. La utilización de los mismos se realizará conforme establece el Anexo II. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. Solicitar el manual de instrucciones de los equipos de trabajo a utilizar. Seguir las indicaciones del fabricante establecidas en el manual de instrucciones, incluidas las operaciones de mantenimiento. Para tareas de soldadura consultar http://www.sprl.upv.es/D7_7_1_b.htm |
Respetar la señalización existente y las indicaciones del titular del centro de trabajo. Delimitar y señalizar el área de trabajo. Colocar pantallas de protección. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Exposición a radiaciones no ionizantesRadiofrecuencias – Microondas (RF-MO) |
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Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
No abrir los equipos durante su funcionamiento. Evitar la exposición en caso de embarazo, estados febriles, terapias con fármacos que afecten a la termorregulación o a portadores de marcapasos u otros dispositivos insertos cuyo funcionamiento pueda verse alterado por la interferencia de estas radiaciones. Los valores de referencia cuya adopción permite prevenir la aparición de efectos debidos a la exposición a RF-MO no están diseñados para la protección en estos casos. Únicamente se deberán utilizar equipos de trabajo certificados conforme a la normativa y en buen estado. Los equipos de trabajo deberán satisfacer los requisitos indicados en el Anexo I. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. La utilización de los mismos se realizará conforme establece el Anexo II. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo del R.D. 1215/1997. Solicitar el manual de instrucciones de los equipos de trabajo a utilizar. Seguir las indicaciones del fabricante establecidas en el manual de instrucciones, incluidas las operaciones de mantenimiento. |
Respetar la señalización existente y las indicaciones del titular del centro de trabajo. Delimitar y señalizar el área de trabajo. Prohibir el paso a trabajadores de otras empresas, especialmente a personas con estados febriles, terapias con fármacos que afecten a la termorregulación, portadores de marcapasos u otros dispositivos insertos cuyo funcionamiento pueda verse alterado por la interferencia de estas radiaciones y a mujeres en período de embarazo. |
Identificación de riesgos | Estimación del riesgo | ||
Sev | Prob | Val | |
Exposición a temperaturas ambientales extremas |
3 | 2 | 6 |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Exposición a temperaturas elevadas (actividades en cámaras o recintos sin climatización en los que se lleva a cabo procesos con un foco importante de calor, actividades al exterior en épocas estivales, actividades en recintos tipo invernadero, etc.):
Consultar http://www.sprl.upv.es/D7_13_b.htm Exposición a frío intenso (tareas en cámaras refrigeradas a muy bajas temperaturas, contactos directos con refrigerantes (p.ej. nitrógeno), posibles fallos en instalaciones de tipo criogénico, etc.):
Consultar http://www.sprl.upv.es/D7_13_b.htm |
Coordinación con el titular del centro de trabajo para la adopción de las medidas preventivas más apropiadas en el lugar de trabajo:
Coordinar con el titular del centro de trabajo la adopción de las medidas preventivas más apropiadas en el lugar de trabajo:
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Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Aislamiento de animales Colocar carteles con instrucciones y avisos sobre la conducta a seguir. |
Guardar una distancia prudencial con los animales, no aproximarse a las jaulas o vallas. Respetar las indicaciones y señalización establecida por el titular del centro de trabajo |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
REALIZAR UNA EVALUACIÓN DE RIESGOS EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD Y DE LA CLASIFICACIÓN DEL AGENTE BIOLÓGICO. Consultar http://www.sprl.upv.es/D7_5_b.htm |
Respetar la señalización existente y las indicaciones del titular del centro de trabajo. |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Coordinar con el titular del centro de trabajo la adopción de la medida preventiva más apropiada:
Llevar a cabo programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo Exposición a ultrasonidos: consultar http://www.sprl.upv.es/IOP_RF_05.htm#p1 |
Cuando se deban acceder a puntos del centro de trabajo con niveles de ruido elevados, se deberá respetar la señalización existente de obligatoriedad de uso de protección auditiva. Cuando el nivel de ruido ocasionado por la actividad a realizar afecte a trabajadores de otras empresas, se deberá coordinar con el titular del centro de trabajo la realización de evaluación basada en la medición de ruido en los casos en que la directa apreciación profesional acreditada no permita llegar a una conclusión sin necesidad de la misma, y la adopción de la/s medida/s necesarias:
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Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Cuando se prevea que se pueden superar los valores límite, se deberá realizar una evaluación de riesgos específica según establece el R.D. 1311/2005. Medidas para reducir la exposición a niveles inferiores a dicho valor límite: Aplicar otros métodos de trabajo que reduzcan la necesidad de exponerse a vibraciones mecánicas. Realizar una elección del equipo de trabajo adecuado, bien diseñado desde el punto de vista ergonómico y generador del menor nivel de vibraciones posible, habida cuenta del trabajo al que está destinado. Suministro de equipo auxiliar que reduzca los riesgos de lesión por vibraciones, por ejemplo, asientos, amortiguadores u otros sistemas que atenúen eficazmente las vibraciones transmitidas al cuerpo entero y asas, mangos o cubiertas que reduzcan las vibraciones transmitidas al sistema mano-brazo. Programas apropiados de mantenimiento preventivo de los equipos de trabajo (giros, engranajes, etc.), del lugar de trabajo y de los puestos de trabajo. La concepción y disposición de los lugares y puestos de trabajo. Limitar la duración e intensidad de la exposición. Una ordenación adecuada del tiempo de trabajo. La aplicación de las medidas necesarias para proteger del frío y de la humedad a los trabajadores expuestos, incluyendo el suministro de ropa adecuada. Para ampliar la información puede consultarse http://www.sprl.upv.es/D7_15_3_b.htm |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
En Trabajos con Pantalla de Visualización de datos consultar http://www.sprl.upv.es/D5_b.htm |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
En trabajos de manipulación manual de cargas consultar http://www.sprl.upv.es/IOP_ERGO_01.htm |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
En trabajos con pantalla de visualización de datos consultar http://www.sprl.upv.es/D5_b.htm |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
En trabajos con pantalla de visualización de datos consultar http://www.sprl.upv.es/D5_b.htm |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
Evaluación específica de riesgos psicosociales (ISTAS 21) |
Medidas preventivas | Actividades de coordinación |
SEVERIDAD |
PROBABILIDAD |
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Improbable (1) |
Posible (2) |
Probable (3) |
Inevitable (4) |
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Lesiones muy |
Irrelevante |
Muy bajo |
Muy bajo |
Bajo |
Lesiones leves |
Muy bajo |
Bajo |
Medio |
Alto |
Lesiones graves |
Muy bajo |
Medio |
Alto |
Muy alto |
Lesiones muy |
Bajo |
Alto |
Muy alto |
Intolerable |
CLASIFICACIÓN DEL RIESGO Riesgo = Severidad
x Probabilidad (R = S x P) |
# La evaluación deberá ampliarse y/o adaptarse a cada situación