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Criterios universales para almacenado de sustancias químicas

Criterios universales para almacenado de sustancias químicas

SEGURIDAD Y SALUD: INSTRUCCIONES OPERATIVAS.

Instrucción Operativa IOP SQ 21

CRITERIOS UNIVERSALES PARA ALMACENADO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

© Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la UPV.
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  1. El almacenamiento de sustancias químicas debe realizarse en lugares específicamente preparados para ello, tendiendo a evitarse la acumulación de stocks en los laboratorios (inevitablemente siempre acaban creciendo). Desde el punto de vista de la seguridad, lo deseable es disponer de una o dos salas adecuadamente acondicionadas con este fin, contemplando los aspectos de iluminación, ventilación, señalización, tipos de productos almacenados, sistemas de detección y extinción de incendios, estanterías, dispositivos para minimizar derrames...
  2. El almacenamiento de sustancias químicas debe buscar el mantenimiento de cantidades mínimas. En caso de que se desee almacenar cantidades considerables (p.ej.: 100 litros de disolventes inflamables), en la medida de lo posible se recurrirá a edificios externos (si fuera factible) o a armarios de seguridad con RF 15 (RF - Resistencia al Fuego).
  3. Siempre debe tenerse en cuenta que algunos productos son incompatibles: se debe tratar de agrupar los de propiedades similares, mantener separados los incompatibles, y confinar los muy tóxicos, carcinógenos, teratógenos, etc. Evite el almacenamiento de sustancias químicas siguiendo el criterio del “orden alfabético”.
  4. Debe evitarse el almacenamiento prolongado de sustancias químicas, puesto que pueden darse las siguientes situaciones generadoras de riesgo:
    • Formación de peróxidos inestables: existe peligro de explosión al destilar la sustancia o al manipularla.
    • Polimerización de la sustancia: en algunos casos pueden darse reacciones rápidas y explosivas.
    • La sustancia química puede atacar el envase y romperse.
    • La sustancia puede descomponerse, generando un gas cuyo aumento de presión puede hacer estallar el recipiente.
  5. Debe seguirse los criterios de etiquetado de sustancias químicas vigente.
  6. Recuerde: no utilice neveras convencionales para almacenar sustancias líquidas volátiles. Utilice únicamente frigoríficos diseñados expresamente para sustancias químicas.
  7. Es muy importante que conserve siempre la hoja de datos de seguridad (MSDS) de las sustancias químicas que utilice, y que disponga de un inventario de las mismas.

Ud. puede encontrar información más detallada a este respecto en las instrucciones operativas:

IOP SQ 02 – La hoja de datos de seguridad (MSDS) de una sustancia química.

IOP SQ 03 – El etiquetado de un envase que contiene sustancias químicas.

IOP SQ 07 – El envase de una sustancia química.

IOP SQ 08 – Reproducir el etiquetado de un envase que contiene sustancias químicas.

IOP SQ 09 – El inventariado de sustancias químicas.

IOP SQ 10 – Principios generales para el almacenado de sustancias químicas.

IOP SQ 11 – El almacenamiento de sustancias químicas / carcinogénicas / teratogénicas / mutagénicas / alergénicas / muy tóxicas.

IOP SQ 12 – El almacenamiento de sustancias líquidas inflamables.

IOP SQ 13 – Reacciones químicas peligrosas.

 

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